Resumen del Artículo Disposición adicional primera

Artículo Disposición adicional primera del Ley 2/1987, de 30 de marzo, de la Función Pública Canaria. (codigo) — Disposición adicional primera. Se crean en el seno de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias los siguientes Cuerpos y Escalas de funcionarios de carrera englobados en los grupos, según el nivel de titulación exigido para su ingreso, que a continuación se…

codigoVigenteActualizado: 12 de mayo de 2026

Artículo Disposición adicional primeraDisposición adicional primera

Disposición adicional primera.

Se crean en el seno de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias los siguientes Cuerpos y Escalas de funcionarios de carrera englobados en los grupos, según el nivel de titulación exigido para su ingreso, que a continuación se expresan:

Grupo A: Doctor, Ingeniero, Licenciado o equivalente:

1. Cuerpo Superior de Administradores.

1.1 Escala de Administradores Generales.

1.2 Escala de Administradores Financieros y Tributarios.

2. Cuerpo Superior Facultativo.

2.1 Escala de Ingenieros y Arquitectos de la Comunidad Autónoma.

2.2 Escala de Letrados de la Comunidad Autónoma.

2.3 Escala de Titulados Sanitarios de la Comunidad Autónoma de Canarias.

2.4 Escala de Astrofísicos.

2.5 Escala de Inspectores Médicos.

2.6 Escala de Inspectores Farmacéuticos.

Grupo B: Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico, Diplomado Universitario, Formación Profesional de Tercer Grado o equivalente.

3. Cuerpo de Gestión de la Administración.

3.1 Escala de Gestión General.

3.2 Escala de Gestión Financiera y Tributaria.

4. Cuerpo Facultativo de Técnicos de Grado Medio.

4.1 Escala de Arquitectos e Ingenieros Técnicos.

4.2 Escala de Titulados Sanitarios de Grado Medio.

Grupo C: Bachiller Superior, Formación Profesional de Segundo Grado o equivalente.

5. Cuerpo Administrativo.

6. Cuerpo de Auxiliares Técnicos.

6.1 Escala de Auxiliares de Informática.

Grupo D: Graduado Escolar, Formación Profesional de Primer Grado o equivalente.

7. Cuerpo Auxiliar.

Grupo E: Certificado de Escolaridad.

8. Cuerpo Subalterno.

Norma publicada: 30 de marzo de 1987

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo Disposición adicional primera

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